
Actualmente la ciudad de Nueva York tiene una población estimada de 8,5 millones de habitantes, de los cuales casi 2 millones de personas son de descendencia hispana. Muchos de ellos alquilan apartamentos y casas en varios suburbios alrededor de esta gran metrópolis.
Es importante conocer las diferentes leyes que protegen tanto al dueño del inmueble que rentamos como a los inquilinos del mismo y saber cuándo una situación amerita ayuda legal inmediata.
¿Cuáles son las reglas y regulaciones con respecto al pago del alquiler en Nueva York?
¿Se les permite a los inquilinos retener el alquiler bajo la ley de Nueva York? Si es así, ¿para qué fines?
Los inquilinos tienen el derecho legal de alquilar una propiedad que cumpla con los estándares básicos de estructura, salubridad y seguridad. Si un propietario no se ocupa de un mantenimiento importante o urgente, como un techo con fugas o goteras, un calefactor roto, o si el inmueble no cumple con las normas básicas antes mencionadas; el inquilino puede retener el alquiler hasta que se realicen las reparaciones solicitadas.
¿Se requiere que los propietarios proporcionen los recibos de alquiler?
Los propietarios de Nueva York deben proporcionar a los inquilinos recibos de renta por escrito. La única excepción es si el inquilino paga el alquiler a través de un cheque personal, entonces el propietario no está obligado a proporcionar un recibo (a menos que el arrendatario lo solicite).
El recibo debe indicar la fecha de pago, el monto, el período por el cual se pagó la renta y el número de apartamento. El recibo debe estar firmado por la persona que recibe el pago y debe indicar su título.
¿Hay alguna disposición sobre el control de alquileres en Nueva York?
Hay dos formas de regulación de rentas:
Si usted siente que el propietario del lugar que renta no cumple con alguna de estas disposiciones no dude en buscar ayuda legal profesional. Los abogados especializados en materia de defensa en contra de los dueños de inmuebles pueden asesorarle de una mejor manera al conocer a fondo su caso y si es factible, plantear un caso que lo beneficie a usted en un futuro.
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